En su intento de deslegitimar al Gobierno de Pedro Sánchez, la derecha critica ahora la utilización profusa del Decreto Ley como herramienta legislativa. Sin embargo, el uso de este instrumento durante los ocho meses de Gobierno socialista se ha atenido escrupulosamente a los límites y condiciones que establece la Constitución. Los decretos se justifican, además, por sus contenidos en cuanto a mejoras en los derechos y el bienestar de la ciudadanía. Y, por otra parte, el bloqueo que PP y Ciudadanos practican desde la Mesa del Congreso sobre las leyes más progresistas deja pocas opciones alternativas al Gobierno y sus apoyos parlamentarios.
El artículo 86 de la Constitución habilita al Gobierno para “dictar disposiciones legislativas provisionales”. La propia Carta Magna establece límites y condiciones tanto de contenido como de procedimiento. El objeto de un Decreto Ley ha de responder a una “extraordinaria y urgente necesidad”; no puede regular las instituciones básicas del Estado, ni los derechos del Título I, ni el régimen de las comunidades autónomas, ni el derecho electoral; además, ha de someterse en treinta días a la convalidación o derogación por parte del Congreso de los Diputados.
El debate lícito surge en relación al eventual abuso en la utilización de esta fórmula excepcional por parte de los distintos Gobiernos. El procedimiento normalizado para la elaboración y promulgación de una ley incluye garantías de información y participación de las que carece claramente el Decreto Ley. Y es preciso reconocer que, en ocasiones, Gobiernos de todos los colores han hecho uso injustificado de tal instrumento constitucional, como así ha sentenciado no pocas veces el Tribunal Constitucional.
No obstante, si hay un actor político inhabilitado por su historia para hacer tal denuncia, ese es el Partido Popular. Baste recordar, que en la primera legislatura presidida por Mariano Rajoy, el Gobierno del PP utilizó el Decreto Ley hasta en 73 ocasiones, cuando, además, le era innecesario a efectos de aritmética parlamentaria por contar entonces con mayoría absoluta tanto en el Congreso como en el Senado.
Los 26 Decretos Leyes auspiciados por el Gobierno socialista durante los ocho últimos meses cuentan con toda la legitimidad constitucional, como ya hemos indicado, además de hasta tres tipos distintos de justificación política: la urgencia social, la necesidad perentoria de transponer normas europeas, y la legislación derivada de la prórroga temporal de los Presupuestos Generales del Estado.
Entre los Decretos Leyes aprobados por el Gobierno socialista en clave de urgencia social cabe destacar los siguientes: la universalización de la sanidad pública; la revalorización de las pensiones públicas por encima del IPC; la subida del 22% en el salario mínimo; las mejoras en la cobertura social a los trabajadores autónomos; la aplicación de las medidas contenidas en el Pacto de Estado contra la violencia de género; el desarrollo de las ventajas sociales en el nuevo estatuto del artista; las alternativas de desarrollo en las comarcas mineras; el apoyo a las industrias electro-intensivas con riesgo de deslocalización; la atribución a los bancos en el pago del impuesto sobre las hipotecas; la regulación del Programa de Activación para el Empleo; la aplicación del bono social contra la pobreza energética; la ampliación de recursos para atender a asilados y refugiados…
Los Decretos Leyes más relevantes dictados para transponer directivas europeas de obligado cumplimiento, bajo amenaza de multa para el Estado español, son los que siguen: regulación del mercado ferroviario; regulación de marcas; regulación de viajes combinados; creación de herramientas macroprudenciales para prevenir crisis financieras; regulación de servicios de pago; regulación del mercado de valores; regulación de los sistemas de información y la seguridad en las redes; la protección de las pensiones de los trabajadores desplazados; la prevención del blanqueo de capitales; la adaptación de nuestra legislación a la legislación europea en materia de protección de datos…
Y los Decretos Leyes que vienen obligados por la prórroga presupuestaria son los relativos a las retribuciones de los funcionarios públicos, a las materias tributarias y catastral, etc.
Por tanto, el debate sobre la legitimidad y la licitud de la legislación mediante Decretos Leyes no tiene una respuesta simple, de sí o no. Los Decretos son legítimos y lícitos cuando se ajustan a las condiciones establecidas en la Constitución y responden al interés general. Y ese es el caso de todos y cada uno de los aprobados por el Gobierno socialista y convalidados luego por el Congreso de los Diputados.
El Congreso solo ha derogado uno de los 26 Decretos presentados en estos ocho meses: el relativo a los alquileres de viviendas. También en este caso había razones de extraordinaria y urgente necesidad para dictar esta norma. Y su rechazo, con los votos de PP, Ciudadanos, Podemos y ERC, no perjudica tan solo al Gobierno que lo dictó de buena fe, sino también y sobre todo, a los seis millones de españoles y españolas que viven de alquiler.
Las razones del voto de la derecha están claras: defienden los intereses de los grandes fondos propietarios de viviendas que especulan con su precio. Los argumentos de Podemos y ERC son, sin embargo, incomprensibles. Hablan de que los beneficios para los inquilinos son insuficientes, pero obvian dos hechos evidentes. Primero: un Decreto con medidas limitativas del precio de alquiler no hubiera contado con votos suficientes para aprobarse. Y segundo: la consecuencia práctica de su voto negativo es que sigue en vigor la legislación precaria que aprobó el PP en 2013.
Por tanto, se han perdido las claras ventajas que el Decreto socialista proporcionaba a los inquilinos: ampliar la duración de contratos de 3 a 5 y 7 años; limitar a dos mensualidades la cuantía de las fianzas; facultar a los ayuntamientos para destinar superávit a vivienda social; posibilitar que las comunidades de vecinos limiten la proliferación de pisos turísticos; paralizar los desahucios de personas socialmente vulnerables…